Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro310745
MateriaCivil,Derecho Civil,Derecho Procesal
EmisorPrimera Sala

Conforme al artículo 166 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito y Territorios Federales, la resolución de segunda instancia que declara improcedente la excepción de incompetencia por declinatoria, no admite más recursos que el de responsabilidad, y el Juez de Primera Instancia a quien se declaró competente, sólo podrá decidir en su fallo, sobre la acción intentada, pero no sobre la competencia; y el único conducto a través del cual puede buscarse una reparación legal contra dicha resolución, es el juicio de amparo y, por tanto el Juez Federal debe dar entrada al juicio de garantías.

Amparo civil. Revisión del auto que desechó la demanda 342/37. "Arzuaga y Compañía.", S. en C. 18 de noviembre de 1937. Mayoría de tres votos. Ausente: D.G.. Disidente: R.C.S. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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