Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro309105
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

Deben reputarse como delictuosos los actos que realiza el sujeto activo de este delito, si los comete en una persona privada de su voluntad por causa de enfermedad o por cualquier otra causa, ya que no tiene conscientemente la facultad de querer, es decir, su consentimiento está viciado por la impotencia de desear o ejecutar, libre y con perfecto conocimiento; por lo que la actitud del infractor debe equiparse justamente a la violencia física o moral que se despliega en toda persona consciente y libre de sus actos, para hacerla que sufra consecuencia de actos ajenos a su voluntad. De lo anterior se desprende que si en un proceso queda comprobado fehacientemente que la ofendida sufre anormalidades en sus facultades cognoscentes y volitivas, conforme al certificado médico respectivo, el cuerpo del delito de violación debe tenerse por plenamente comprobado, con la confesión del reo respecto de la comisión del acto.

Amparo penal directo 8465/40. M.T.L.. 21 de febrero de 1941. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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