Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro308773
MateriaPenal,Derecho Penal
EmisorPrimera Sala

No es violatoria de garantías la sentencia que condena a un reo por homicidio, si la lesión inferida por éste reúne las condiciones que señala la fracción I del artículo 456 del Código Penal, para considerarla mortal; pues conforme a tal precepto se denomina mortal la lesión que, por sí sola y directamente produce la muerte o, aun cuando la misma resulte de causa distinta, pero que esa causa sea desarrollada por la lesión o efecto necesario o inmediato de ella. De manera que si en el certificado médico se señala que la lesión sufrida por el ofendido es de la naturaleza apuntada, y causante de la muerte, se surte la condición requerida por la ley.

Amparo penal directo 3125/41. F.R.. 22 de enero de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: J.M.O. Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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