Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro308258
MateriaComún
EmisorPrimera Sala

La fracción XVI del artículo 74 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, que establece que es causa de impedimento "haber sido Juez o Magistrado en el mismo asunto en otra instancia", no es jurídico interpretarla en el sentido de que la simple apelación del auto de formal prisión o del de haber lugar o proceso, coloque a los magistrados de segunda instancia en el deber de excusarse y de que si no hicieran valer tal procedimiento, el mismo constituya motivo de recusación, cuando tenga que conocer de las apelaciones contra las sentencias definitivas. La otra instancia a que se contrae la citada fracción, se refiere a la que jurídicamente debe tenerse como tal y que la constituye la revisión de la sentencia cono que termina la primera instancia.

Recusación en materia penal 14/42. B.L.F.. 11 de julio de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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