Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro308144
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

La jurisprudencia de la Suprema Corte se ha orientado invariablemente en el sentido de que es el homicidio consumado el único que por su propia naturaleza absorbe el disparo de arma de fuego, atendiendo a que la finalidad perseguida por la legislación represiva, consiste en proteger la vida humana; pero no sucede lo mismo, cuando se trata de lesiones, en cuyo caso sí cabe aplicar la finalidad correspondiente a las mencionadas infracciones, con arreglo a lo preceptuado por el artículo 55 del Código Penal de Coahuila.

Amparo penal directo 5836/42. M.M.. 30 de noviembre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: J.M.O. Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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