Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro307454
MateriaPenal,Derecho Penal
EmisorPrimera Sala

El cuerpo del delito de atentados contra el pudor, no puede en forma alguna comprobarse con peritajes médicos, por no ser posible que deje huellas o signos que puedan apreciarse por esos medios; pero queda comprobado con los elementos que se desprendan de la declaración de la ofendida y del acusado, como sucede en el caso en que éste declare que la tiró al suelo pensando hacer uso de ella, elemento que sí hace existente el delito de que se trata, en la forma que para su configuración exige el artículo 789 del Código Penal del Estado de Puebla.

Amparo penal en revisión 10372/42. V.E.. 26 de abril de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: J.M.O. Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.


Véase: Semanario Judicial de la Federación, Septima Epoca, Segunda Parte, Volumen 70, página 23, tesis de rubro "OFENDIDO, VALOR DE LA DECLARACION DEL.".

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