Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro307382
EmisorPrimera Sala
MateriaPenal,Derecho Penal

Conforme al artículo 845, reformado, del Código Penal de Veracruz, cuando concurran varias de las circunstancias calificadas enumeradas en el artículo 839 del mismo cuerpo de leyes, una calificará el homicidio y las otras se apreciarán como circunstancias agravantes de mayor entidad, y si se llega a la conclusión de que no existieron ni la premeditación ni la alevosía, es ilegal tenerlas como agravantes para la imposición de la pena.

Amparo penal directo 6002/42. C.D.A.. 9 de septiembre de 1943. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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