Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro306744
MateriaPenal,Derecho Penal
EmisorPrimera Sala

Aunque el acusado haya sabido que el autor del delito intentaba cometerlo, el conocimiento del acto criminal que se iba a ejecutar, no es uno de los elementos señalados por el artículo 52 del Código Penal del Estado de H., para que pueda considerársele como cómplice, porque si bien el artículo 1o. del mencionado código, previene que todos los habitantes del Estado, tienen la obligación de procurar por los medios lícitos que estén a su alcance, impedir que se consumen los delitos que saben van a cometerse o que se están cometiendo, si son de los que se castigan de oficio, y el artículo 10, fracción II, del mismo código, determina que hay delito de culpa, cuando se quebranta alguna de las obligaciones que impone el citado artículo 1o., también lo es que el mismo artículo exceptúa los casos en que tales obligaciones no pueden cumplirse sin peligro de la persona o intereses del culpable o de su cónyuge, ascendientes, descendientes o parientes colaterales, dentro del cuarto grado.

Amparo penal directo 9547/41. M.G. y coag. 12 de junio de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: F. de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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