Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro305659
MateriaPenal,Derecho Penal
EmisorPrimera Sala

Por injusta que haya sido la apreciación que hizo el reo, acerca de la conducta de una persona, con la cual tenía un parentesco espiritual, la advertencia que hizo sobre tal conducta, al cónyuge de dicha persona, por razón del parentesco espiritual que los unía con ambos, no puede considerarse como comunicación dolosa que constituya el delito de difamación, de que habla el artículo 326 del Código Penal del Estado de México.

Amparo penal directo 6371/44. G.L.. 26 de febrero de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: F. de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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