Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro304475
MateriaPenal,Derecho Penal
EmisorPrimera Sala

Si se careó al reo en forma supletoria con los testigos que radicaban fuera del lugar del juicio, no se cometió violación alguna de garantías en su contra, si el J. se ajustó para ello, a lo estatuido en la fracción IV del artículo 20 constitucional, sin que pueda estimarse anticonstitucional el careo supletorio, pues no lo prohibe la disposición constitucional expresada, ni otra alguna, y en cambio lo previenen disposiciones procesales del Estado.

Amparo penal directo 8347/43. S.R.J.J.. 7 de febrero de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: F. de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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