Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro303908
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

Conforme al artículo 19 de la Constitución Política de la República, para que un acto de formal prisión pueda dictarse, es preciso que esté plenamente comprobado el cuerpo del delito, tratándose del delito de injurias, y como el cuerpo del delito no tiene una comprobación especial, distinta de la de los elementos que lo constituyen, sin duda alguna que para cumplir con el requisito constitucional indicado, es indispensable que exista una comprobación plena de las injurias que se dicen dirigidas por el acusado a la parte ofendida, y la comprobación plena de este acto delictuoso, no existe si hay únicamente la declaración de un testigo singular.

Amparo Penal en Revisión 1681/43. R.A.. 15 de julio de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: F. de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.


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