Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro302433
MateriaPenal,Derecho Penal
EmisorPrimera Sala

El requisito del modo honesto de vivir, exigido por el inciso c), de la fracción I, del artículo 90 del Código Penal para el Distrito y Territorios Federales, para que proceda el otorgamiento del beneficio de la condena condicional, debe también tenerse por existente aun sin prueba especial para justificarlo, y tal como aparece en la declaración del procesado al dar sus generales, si esa declaración está corroborada con las declaraciones de los otros intervinientes en el proceso y de las demás diligencias conexas, condición que no se acredita aunque el procesado al dar sus generales, afirma que es de determinado oficio, sin que exista otra declaración en la causa que directa o indirectamente afirme o corrobore esa afirmación.

Amparo penal directo 2924/47. Espinosa S.R.. 18 de marzo de 1948. Mayoría de tres votos. Ausente: C.L.A.. Disidente: F. de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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