Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro301514
MateriaPenal,Derecho Penal
EmisorPrimera Sala

La teoría del riesgo creado no puede tener aplicación alguna a los asuntos penales, ya que la responsabilidad civil que surge de un hecho delictuoso, requiere como condición esencial la existencia del delito, o sea, la prueba de la culpa o imprudencia del autor material del daño, en los casos en que éste fue originado por el manejo de un mecanismo peligroso. Consecuentemente, aunque existiera prueba de que el quejoso no tuvo culpa alguna en el hecho de que fue víctima, sería menester para la existencia de la responsabilidad civil proveniente del delito, que se acreditara el delito de lesiones por imprudencia, atribuído al acusado y a tal respecto no puede afirmarse que exista prueba, si la autoridad responsable absolvió al acusado del delito de lesiones por imprudencia, de que se trata.

Amparo penal directo 4562/46. Q.M.J.. 29 de octubre de 1948. Mayoría de tres votos. Disidente: F. de la Fuente. Ausente: C.L.A.. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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