Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro301385
MateriaPenal,Derecho Penal
EmisorPrimera Sala

La simple lectura del artículo 256, fracción II, del Código Penal aplicable, pone claramente de manifiesto que para integrar el delito de despojo de inmuebles o de aguas, es elemento esencial que se lesionen derechos legítimos del ocupante, y que los hechos delictuosos se realicen sin consentimiento de la persona que pueda disponer de tales bienes, con arreglo a la ley, y si aparece de autos, que el reo ni hizo violencia física o moral a las personas, ni cometió los hechos furtivamente o empleando amenaza o engaño, y en el proceso no se demostraron los derechos que el querellante pudiera haber tenido para el uso y aprovechamiento de las aguas, cuyo cauce fue obstruido por el reo, es claro que los elementos constitutivos del cuerpo del delito de despojo de aguas no quedaron plenamente comprobados.

Amparo penal en revisión 8728/47. V.F.. 25 de marzo de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.


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