Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro301336
MateriaPenal,Derecho Penal
EmisorPrimera Sala

Tratándose de lesiones que pusieron en peligro la vida, el artículo 250 del Código Penal del Estado las sanciona con tres a seis años de prisión; pero si fueron en riña por la provocada, el artículo 254 del mismo código señala para este delito una pena que puede ser hasta la mitad; en tal virtud, no es el mínimo de la pena que corresponde en tal caso, la de un año seis meses, sino de tres días, que puede ser aumentada, sin rebasar la que corresponde a la mitad de la que se fija, entre las penas de tres a seis años, señalada por el artículo 250 expresado.

Amparo penal directo 7900/47. C.F.M.d.C.. 9 de marzo de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.




VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR