Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro300979
MateriaPenal,Derecho Penal
EmisorPrimera Sala

Si se trabó ejecución en bienes del acusado, quien fue designado como depositario de aquéllos, y se le hizo saber su nombramiento, que desde luego aceptó, y protestó su desempeño en forma legal, y posteriormente dispuso de esos bienes, debe aceptarse que cometió el delito de abuso de confianza, aunque no aparezca en el acta de la diligencia relativa, la firma de dicho acusado, ya que esta omisión no desnaturaliza el embargo, ni menos la calidad de depositario que el acusado obtuvo en el momento de la diligencia, por su aceptación y protesta, y porque al mismo tiempo que se le hizo saber su designación, se le dijo de las penas en que incurren los depositarios infieles. Por lo demás, la entrega formal de las cosas secuestradas, no es un requisito que se necesitara, si dichos bienes los tenía en su poder el acusado.

Amparo penal directo 3461/46. R.A.. 28 de abril de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: J.R.. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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