Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro300036
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

Aparece demostrado, para los efectos de la condena condicional, que es la primera vez que el quejoso delinque, pues si bien el secretario de la Penitenciaría del Distrito Federal informó que se encontraba en libertad sujeto a proceso por diverso delito, el Juez ante quien se siguió el proceso respectivo, informó al Juez a quo que, a la fecha en que se le solicitó el informe, el proceso se encontraba en estado de instrucción, y como no aparece demostrado que exista una sentencia ejecutoria que declare que el quejoso responsable de los precitados delitos, debe reputarse que el delito por el que se le condenó, y a que se refiere el amparo, es el único cometido por el quejoso, y que el elemento reincidencia no se encuentra comprobado.

Amparo penal directo 5999/48. R.A.M.. 2 de junio de 1950. Unanimidad de cinco votos. Disidente: L.G.C.. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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