Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro299939
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

El cuerpo del delito de homicidios debe comprobarse, según el Código de Procedimientos Penales del Estado, por los medios siguientes: a) identificación del cadáver por testigos, cuando sea posible: b) descripción del mencionado cadáver, hecha por el agente de la policía judicial que practique las diligencias, y por un perito o práctico; c) práctica de la autopsia por uno u otro, con expresión minuciosa del estado que guarda el cadáver y las causas que originaron la muerte; y d), ratificación del dictamen de autopsia, rendido por un perito o práctico, por el del distrito inmediato.

Amparo penal directo 8131/47. V.P.L.. 22 de abril de 1950. Mayoría de tres votos. Disidentes: T.O. y L. y L.C.G.. Relator: L.G.C..

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