Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro299560
MateriaPenal,Derecho Penal
EmisorPrimera Sala

Debe considerarse al quejoso como encubridor, conforme al artículo 37 del Código Penal que regía anteriormente en el Estado, si está fuera de duda que favoreció a los autores de robo de un semoviente, al adquirirlo para sacrificarlo esto es, favoreciendo el aprovechamiento de lo robado.

Amparo penal directo 6567/48. F.J.. 20 de julio de 1950. Mayoría de cuatro votos. Disidente: L.G.C.. La publicación no menciona el nombre del ponente.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR