Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro297328
MateriaPenal,Derecho Penal
EmisorPrimera Sala

Aunque no se haya justificado en autos que se hubiese procedido en el momento preciso de quitar las puertas con la autorización del inquilino, es indudable que este permiso existía tácitamente, si el propio inquilino solicitó de la propietaria que cambiara esas puertas viejas por otras nuevas, para obtener así mejor servicio y comodidad de la casa alquilada; y si en la reposición de tales puertas transcurrió un plazo que el inquilino juzgó perjudicial a sus intereses, no es menos cierto que si no hay constancia en autos que pruebe fehacientemente que esa demora fue debida a mala fe de la propietaria, los hechos que se le imputan no pueden constituir actos delictivos.

Amparo penal directo 2938/46. C.J. y coags. 25 de enero de 1950. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.


Quinta Epoca:


Tomo CIII, pág. 802. Amparo directo número 2938/46. C.J.. 25 de enero de 1950. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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