Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro297090
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

Todos los juristas están de acuerdo en que para la comprobación del cuerpo del delito debe atenderse a los elementos materiales que integran la figura delictiva que habrá de sancionarse. El tipo, según unos, es sólo indicio de antijuridicidad, desde el momento en que sólo representa un tipo abstracto, no un tipo concreto del injusto; pero concluyen todos que el tipo delictivo constituye el delito mismo. Con arreglo a esta noción jurídica cabe decir que el tipo delictivo previsto por el artículo 194 del Código Penal Federal, se integra a través de diversos elementos, que van desde la simple posesión del enervante, hasta los actos de enajenación, adquisición y tráfico del mismo; de tal manera, que basta que uno solo de estos elementos concurra para la integración del injusto, para que la autoridad pueda tener por comprobado el tipo delictivo.

Amparo penal directo 249/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 11 de abril de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: L.C.G.. R.: T.O. y Leyva.

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