Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro296690
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

La figura delictiva del encubrimiento, prevista por el artículo 363 del Código Penal del Estado, sólo comprende los casos en que la participación se limita simplemente a la compra de cabezas de ganado, sin adoptar todas las precauciones convenientes para asegurarse de que el vendedor tiene derecho para llevar a cabo la enajenación. Ahora bien, el acuerdo previo al robo revela una cooperación en la concepción y hasta una acción inductiva para con los coacusados, quienes materialmente consumaron el apoderamiento, y por lo mismo, esa actitud encaja dentro de la situación prevista por el artículo 7o., de dicho Código Penal, que determina que son responsables de los delitos todos los que toman parte en la preparación o ejecución de un delito, prestan auxilio o cooperación de cualquier especie, o inducen directamente a alguno a cometerlo.

Amparo penal directo 1890/49. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 23 de julio de 1953. Unanimidad de cinco votos. Ponente: J.M.O. Tirado.

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