Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro295703
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

Indebidamente no otorgó eficacia probatoria la jurisdicción represiva, a los testigos que declararon sobre la violencia que se hizo al reo para que confesara el delito, arguyendo para ese fin que por provenir de personas procesadas no reunían los requisitos legales para tomarlas en consideración y que además, fueron ofrecidos como testigos mucho tiempo después de iniciada la averiguación, y que indudablemente por ello sus dichos eran falsos y no los tomaba en cuenta, en virtud de que el hecho de que estuvieran procesados no trae consigo su inhabilidad, por haber sido presenciales, y haber hecho referencia al acusado desde su preparatoria la coacción y violencia ejercitada por un policía en su contra para que se confesara autor del delito en cuestión. en consecuencia, las declaraciones de los aludidos testigos así comprobaron que la confesión del acusado fue obtenida por medios reprobados por la ley y que, por ende, no tuvo los alcances de validez plena en su perjuicio.

Amparo penal directo 724/52. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 26 de abril de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: L.C.G.. R.: E.E..


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