Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro294502
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

En relación con el delito de fraude por simulación, existen dos hipótesis delictivas. La primera, de simulación contractual, que requiere: a) un contrato simulado, es decir, que los otorgantes, finjan o aparenten la creación o transferencia de derechos fingimiento que implica bilateralidad en la mentira, por lo que se inventan no sólo las declaraciones unilaterales, sino el contrato mismo, y b) perjuicio o propósito de obtener beneficio indebido, ya que la tutela penal se establece en favor de los extraños a la simulación. La segunda hipótesis es la de simulación de actos o escritos judiciales. La simulatio litis es delito que cometen los particulares, pues los Jueces fingidores cometen falsificación de documentos públicos o los diversos delitos en la administración de justicia. La simulación judicial requiere en la mentira actitud bilateral de las partes con aparentes intereses opuestos, la que da por consecuencia que el Juez considere como válidas sus acciones o excepciones fictas. También se requiere el perjuicio de tercero o el propósito de beneficio indebido.

Tomo CXXIV, página 1526. I.A.. Amparo directo 800/54. V.R.H.. 18 de junio de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: T.O. y Leyva.


Tomo CXXIV, página 1060. Amparo penal directo 794/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 18 de junio de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: T.O. y Leyva.



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