Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro294155
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

El artículo 381, bis, del Código Penal, dispone textualmente: se da el nombre de abigeato, al robo de ganado bovino, caprino, caballar, mular, asnal y porcino. y no integra tal delito el apoderamiento de una mula que, dentro de una casa, se encuentra ensillada, ya que ese animal no constituye siquiera la unidad de ganado mular, porque por ganado debe entenderse el conjunto de semovientes que forman un hato, o industria pecuaria; y no puede decirse que un semoviente de la especie ya dicha, apartado de la industria o del hato, pueda constituir lo que propiamente se conoce con el nombre de ganado.

Amparo penal directo 2528/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 4 de agosto de 1955. Mayoría de tres votos. Disidentes: R.C.S. y A.M.A.. La publicación no menciona el nombre del ponente.



VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR