Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro294108
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

No causa agravio el juzgador al conceder valor probatorio a la confesión del acusado, vertida ante un síndico municipal, si este funcionario actuaba en funciones de Ministerio Público, pues es bien sabido que éste tiene el carácter de órgano judicial, (si bien no jurisdiccional, toda vez que no tiene soberanía decisoria), por lo que las actuaciones que son autorizadas por el mismo tienen eficacia probatoria; y si el contenido de dicho relato confesorio, fue ratificado por el confesante ante la presencia judicial, la autoridad responsable no infringió las normas reguladoras de la prueba al conceder valor probatorio a dicho medio de convicción.

Amparo penal directo 4183/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 21 de julio de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: T.O. y Leyva.

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