Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro293897
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

Conforme al artículo 108 de la Ley General de Población, se sancionan como delitos consumados, actos que teóricamente podrían ser considerados como de tentativa, pero el legislador es soberano para crear las figuras delictivas y cuando estima que determinada conducta debe ser sancionada enérgicamente eleva a la categoría de delitos, actos que tan sólo van encaminados hacia la violación principal. En esa virtud, cuando ha quedado demostrado en autos que la conducta del quejoso iba, indiscutiblemente encaminada al traslado de los trabajadores a una granja en el extranjero, ello es, determinante para que tenga actualización el supuesto contenido en dicho artículo 108 de la Ley General de Población.

Amparo directo 5096/51. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 2 de marzo de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: L.C.G..

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