Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro293113
MateriaLaboral
EmisorPrimera Sala

Para configurarse la excluyente de responsabilidad a que se contrae el artículo 341 del Código Penal del Estado de Durango, robo de indigente, es menester que el apoderamiento sea por una sola vez, de los objetos estrictamente indispensables para satisfacer sus necesidades personales o familiares del momento, por lo que resulta inconcuso que el robo de un semoviente no puede estimarse como comprendido en el caso previsto por la disposición legal invocada.

Amparo directo 3871/55. Por acuerdo de la Primera sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 10 de diciembre de 1956. Cinco votos. Ponente: G.R. de C..

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