Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro264175
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

Aun cuando en la legislación del Estado de Veracruz no está tipificada la riña como circunstancia modificativa del delito, de todas formas, no se desconoce como modalidad de la acción, de tal manera que, si el homicidio se produjo en riña, resulta jurídicamente incompatible con la causa de justificación de defensa legítima, puesto que mientras que en aquélla implica la conciencia de estar violando el orden jurídico, en ésta, la objetividad de la violencia, no es agresión, sino rechazo.

Amparo directo 7494/57. G.S.M.. 9 de abril de 1958. Cinco votos. Ponente: L.C.G..


Nota: En el Apéndice 1917-1985, la tesis aparece bajo el rubro "LEGITIMA DEFENSA Y RIÑA (LEGISLACION DE VERACRUZ).".




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