Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro263909
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

Aunque el agente activo aparentemente sólo quiso la lesión que infirió a su contrario al golpearlo con una pistola y no el efecto final por el disparo del arma (preterintencionalidad), siendo previsible para el común de las gentes la causación de daños mayores por la facilidad con que se disparan las armas de fuego cuando se manipulan inadecuadamente, conforme al precepto 9o. de la ley sustantiva en relación con el numeral 8o., no se liberó el agente de la represión por este efecto lesivo último, toda vez que, verificada la materialidad, el legislador mexicano presume dolosa la actitud del sujeto activo al ser previsible el resultado de su conducta, sin ameritar atenuación, como en otras legislaciones en que se toma en cuenta la mezcla del dolo y de la culpa.

Amparo directo 1840/58. M.H.R.. 4 de julio de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: A.M.A..



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