Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro263698
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

Si los apelantes lo fueron los acusados y no el Ministerio Público, en tal virtud, por mandato expreso de la ley, al haberse eliminado una de las figuras delictivas por las que se condenó en primera instancia, debía haberse respetado la sanción impuesta por el inferior para el delito restante, pues no es posible en tales condiciones agravar la situación de los acusados.

Amparo directo 1223/58. G.V. y coagraviados. 6 de agosto de 1958. Cinco votos. Ponente: A.M.A..


V.S.J. de la Federación, Sexta Epoca, Segunda Parte:


V.V., página 17, tesis de rubro "APELACION (INDIVIDUALIZACION DE LA PENA).".


Volumen IV, página 11, tesis de rubro "APELACION. PENALIDAD EN CASO DE ABSOLUCION PARCIAL.".


Volumen IV, página 11, tesis de rubro "APELACION. PENALIDAD EN CASO DE ABSOLUCION PARCIAL. ACUMULACION (LEGISLACION DE SAN LUIS POTOSI).".








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