Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro262500
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

Para que un delito sea intencional o doloso se requiere que el sujeto obre con intención o dolo, integrándose esta forma de culpabilidad cuando, existiendo representación en el agente, sobre el resultado y su ilicitud, realiza la actividad en forma voluntaria. Ahora bien, si el quejoso construyó obra nueva, rebajando el espesor del muro divisorio entre su propiedad y la de la ofendida, y tal forma de proceder trajo como consecuencia el debilitamiento del referido muro y la causación de los daños aparecidos en la casa vecina, este hecho es de naturaleza previsible y evitable, y es imputable a título de culpa o imprudencia, pero no intencional, pues para ello debió haberse probado que la construcción de la obra nueva estaba dirigida ex profeso a causar daño, es decir, que toda la actividad desplegada por el agente, desde su inicio, era ilícita, porque ilícito era el resultado representado y querido.

Amparo directo 469/59. L.M.V.. 7 de julio de 1959. Cinco votos. Ponente: J.J.G.B..

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