Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro261274
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

Aun cuando el homicidio habido fue encuadrado por el J. a quo como cometido en riña por el provocador, y esta modalidad no se encuentra acreditada en la causa, de todas formas la autoridad de segundo grado no pudo corregir la incorrecta clasificación del delito, dada la prohibición que establece el principio jurídico de non reformatio in peius, atenta la circunstancia de que quien interpuso el recurso de apelación fue el acusado y no el Ministerio Público, que se conformó con el fallo de primera instancia.

Amparo directo 5315/60. J. de M.H.. 3 de noviembre de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: J.J.G.B..

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