Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro260572
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

Para la configuración del delito de violación, no importa que en el caso no se haya acreditado la violencia física o moral, si se comprobó la cópula, y que la ofendida es impúber, pues en atención a la inconsciencia de una menor, impúber de corta edad, la cópula con ella debe interpretarse como equivalente al empleo de la violencia física o moral, dada la imposibilidad que tiene para resistir; el artículo 266 del Código Penal claramente establece que se equipara a la violencia, la cópula con persona privada de razón o de sentido, o cuando por enfermedad o por cualquiera otra causa no pudiere resistir, y precisamente una impúber de corta edad carece de voluntad y ésta es una causa que le impide resistir.

Amparo directo 6933/61. A.L.H.. 31 de enero de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: A.G. de la Vega.

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