Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro259476
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

Si la sanción se impuso dentro de los márgenes abstractos de dos meses a doce años de prisión a que se refiere la fracción II del artículo 356 del Código Penal, es evidente que no se violaron las disposiciones legales invocadas en la demanda de garantías, sin que tenga influencia la cuantía de lo robado, ya que sólo en aquellos casos de robo de cosas u objetos, es necesario el avalúo de los mismos, pues para robos consistentes en el apoderamiento de semovientes, sólo se toman en consideración las circunstancias señaladas en las disposiciones de los artículos 10, 11 y 41 del mismo código.

Amparo directo 2112/62. S.G.V.. 5 de octubre de 1964. Cinco votos. Ponente: A.M.A..

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