Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro259436
MateriaPenal,Derecho Penal
EmisorPrimera Sala

Cuando en un delito por imprudencia se causan daños en bienes de la nación, aun cuando el inculpado resarza los mismos, no son los agentes de las secretarías de Estado los autorizados para otorgar el "perdón", pues ni la Ley de Secretarías de Estado ni las reglamentarias los autorizan a tal caso, y la encomienda de tales acciones la otorga la Constitución a la institución del Ministerio Público Federal.

Amparo directo 679/64. H.J.P.. 6 de noviembre de 1964. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: A.M.A..

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