Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro259393
MateriaPenal,Derecho Penal
EmisorPrimera Sala

El hecho de haber cubierto una persona la reparación del daño "que a ella le corresponde", es una tácita admisión de su responsabilidad y semejante afirmación no le causa agravio si no es el único argumento en el que se funda la sentencia en su contra.

Amparo directo 4876/64. M.H.A.. 22 de abril de 1965. Cinco votos. Ponente: A.H. y A..

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