Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro259297
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

La presunción "juris tantum" de premeditación que establece el tercer párrafo del artículo 315 del Código Penal para el Distrito y Territorios Federales, queda destruida cuando en el proceso aparece demostrado que el inculpado no procedió con espíritu reflexivo y con previsión deliberada, sino exclusivamente excitado por actos del ofendido.

Amparo directo 1908/64. A.V.H.. 31 de agosto de 1965. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: M.G.R.F..

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