Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro259003
MateriaPenal,Derecho Penal,Derecho Procesal
EmisorPrimera Sala

Si por la naturaleza de los hechos, la prueba de ellos y el enlace natural más o menos necesarios, que existe entre la verdad conocida y la que se busca, la autoridad responsable aprecia el valor de los indicios hasta poder considerar su conjunto como prueba plena, para establecer la responsabilidad penal del inculpado por los delitos que se le imputan, no incurre con ello en violación de las garantías individuales, ya que no hace sino ajustarse a lo dispuesto por el artículo 264 del Código de Procedimientos Penales del Estado de Chiapas.

Amparo directo 5581/65. C.H.S.. 9 de noviembre de 1966. Cinco votos. Ponente: J.L.G.G..


Sexta Epoca, Segunda Parte:


V.L.I, página 36. Amparo directo 9414/61. J.C.C.. 5 de abril de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: M.R.S..


V.L., página 55. Amparo directo 4155/60. A.M.C.. 2 de marzo de 1962. Cinco votos. Ponente: A.M.A..


V.X., página 78. Amparo directo 3541/57. Severo H.G.. 18 de junio de 1958. Cinco votos. Ponente: L.C.G..


Nota:


En el V.L., página 36, esta tesis aparece bajo el rubro "INDICIOS, VALOR DE LOS.".


En el V.L., página 55, esta tesis aparece bajo el rubro "PRUEBA CIRCUNSTANCIAL.".


En el V.X., página 78, esta tesis aparece bajo el rubro "PRUEBA PRESUNTIVA.".


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