Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro236881
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

No es violatoria de garantías la sentencia en la que se considera penalmente responsable a una persona por el delito contra la salud en sus modalidades de compra, posesión y tráfico de enervantes, si dichas acciones quedaron debidamente delimitadas, pues el acto del inculpado de comprar a un tercero, es independiente de la acción ilícita de poseer droga enervante bajo la forma de mariguana sin ajustarse a las disposiciones sanitarias, y a su vez, estos actos de compra y posesión, se encuentran desligados del tráfico en que además incurrió, si también queda evidenciada la ilícita conducta del mismo en mantener el vicio de los consumidores de estupefacientes, ampliando el campo de acción de contribuir al envenenamiento y degeneración de los individuos.

Amparo directo 620/70. J.R.C.S.. 8 de julio de 1970. Cinco votos. Ponente: A.H. y A.. Secretario: J.J.G..


Nota: En el Informe de 1970, la tesis aparece bajo el rubro "DELITOS CONTRA LA SALUD. CONCURRENCIA EN MODALIDADES.".

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