Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro236175
EmisorPrimera Sala
MateriaPenal,Derecho Penal

El artículo 256 del Código Penal de Tabasco derogado establece que en los casos de estupro se condenará al responsable a pagar alimentos a la mujer e hijos, en los términos que señala la ley civil para los divorcios; esto es, que el propio J. penal puede condenar al responsable de estupro a pagar una suma líquida a la mujer e hijos en las cantidades, plazos y condiciones que la ley fija para los casos de divorcio, sin que se interprete que el J. de la causa sólo haga una declaración de que condena a la reparación del daño para que la ofendida ejercite dentro de otro juicio o procedimiento sus derechos al pago de dicha reparación.

Amparo directo 358/73. L.B. de los Santos. 22 de junio de 1973. Cinco votos. Ponente: M.R.S..

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