Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro236073
EmisorPrimera Sala
MateriaPenal

De acuerdo con los elementos que integran la primera de las hipótesis comprendidas en el artículo 248 del Código Penal del Estado de Chihuahua, no se requiere la utilización de la violencia como medio para lograr el ayuntamiento sexual, como tampoco es elemento del tipo el que se acredite que se encuentre imposibilitada de resistirse a la relación sexual. La imposibilidad de resistencia no rige para el caso de que la pasivo sea menor de catorce años, según se advierte de la disposición mencionada.

Amparo directo 1502/73. J.G.G.L.. 5 de octubre de 1973. Cinco votos. Ponente: A.H. y A..

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