Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro235688
EmisorPrimera Sala
MateriaPenal,Derecho Penal

Si se destaca una notoria discrepancia entre las declaraciones de los testigos y el acusado, no es suficiente para aclarar tal situación la prueba de confrontación dentro del proceso, si los testigos en cuestión resultan verdaderos instrumentos de prueba a cargo en contra del quejoso; supuesto éste en que se requiere la práctica de los careos constitucionales, por lo cual, de no practicarse tales careos, se conculcan las garantías individuales consagradas en el artículo 20, fracción IV, de la Constitución Federal, al dejar al acusado un notorio estado de indefensión, de acuerdo con lo previsto por el artículo 160, fracción III, de la Ley de Amparo, debiéndose, por lo mismo, reparar tal violación concediéndole la protección constitucional para el efecto de que se ordene la práctica de los careos indicados.

Amparo directo 5341/74. M.L.M.. 14 de febrero de 1974. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: M.R.S..

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