Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro235152
EmisorPrimera Sala
MateriaPenal,Derecho Penal,Derecho Procesal

Si en segunda instancia la parte coadyuvante del Ministerio Público exhibe pruebas en calidad de supervenientes, mismas que son tomadas en consideración por el tribunal de apelación para integrar el cuerpo del delito y fincar la responsabilidad penal del acusado, dicho tribunal está obligado a dar vista con aquéllas pruebas al procesado para que éste a su vez tenga la oportunidad de conocerlas y en su caso de impugnarlas legalmente. Si el tribunal omite dar vista con dichas pruebas al procesado, comete en perjuicio de éste una violación al procedimiento, al dejarlo en estado de indefensión, con infracción de los artículos 250, 251 y 252 del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal, y procede, en consecuencia, concederle el amparo y protección de la Justicia Federal.

Amparo directo 1389/76. M.C.G.. 30 de julio de 1976. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: R.C.M.. Secretario: S.C.Z..






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