Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro235139
MateriaPenal,Derecho Penal
EmisorPrimera Sala

Aun cuando el tribunal de apelación haya absuelto al inculpado de la comisión de varios delitos, pero dejando firme la condena por homicidio calificado e intocable la pena de treinta años de prisión que se le impuso en primera instancia, la sentencia respectiva no es violatoria de garantías, en atención a que el artículo 292 del código punitivo del Estado de Oaxaca, establece: "A los autores de un homicidio calificado, se les aplicará la pena de treinta años de prisión", de lo cual se desprende que, de acuerdo con la legislación de aquella entidad federativa, no hay una sanción mínima ni máxima, dentro de las que se pueda hacer uso del arbitrio judicial, sino la única de treinta años de prisión.

Amparo directo 1977/76. N.N.P.G.. 23 de agosto de 1976. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: E.A.A.. Secretario: J.J.D.C..

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