Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro235016
EmisorPrimera Sala
MateriaPenal,Derecho Penal

Es inaceptable el argumento que se hace consistir en que en los delitos de peligro no existe la tentativa, puesto que en éstos, como en otros, se pueden llevar a cabo actos tendientes a su consumación, y si no se consuman por causas ajenas a la voluntad del agente, existirá la tentativa punible; en los delitos contra la salud, la premisa de la tentativa punible no es que exista un peligro de peligro, ya que al tratar de realizar el tráfico con determinado estupefaciente, por ejemplo, en realidad ya se está poniendo en peligro la salud pública, que es el bien jurídico tutelado por la figura delictiva de que se trata.

Amparo directo 3409/78. A.O.A.O.. 16 de octubre de 1978. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: E.A.A..

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