Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro234823
MateriaPenal,Derecho Penal
EmisorPrimera Sala

El artículo 228 del Código Penal Federal más que la expresión de un delito autónomo, contiene la descripción de una circunstancia personal (la profesión) agravadora de la penalidad ordinaria correspondiente al delito que resulte consumado, lesiones, homicidio, aborto, abandono de enfermos, etcétera; pues la suspensión para ejercer la profesión de médico, tanto está considerada en el artículo 60 que sanciona los delitos imprudenciales, como en el artículo 228, por lo cual no puede sostenerse que se está en presencia de dos tipos de delitos: uno cometido por imprudencia y otro intencional, si el segundo propiamente no contiene los elementos de un tipo penal, y sí una circunstancia que hace operar una agravación de la pena.

Amparo directo 4635/79. L.P. de L.A.. 5 de marzo de 1980. Cinco votos. Ponente: M.G.R.F.S.: M.D.I.M..


Nota: En el Informe de 1980, la tesis aparece bajo el rubro "RESPONSABILIDAD MEDICA AGRAVANTE DE LA PENA DE OTRO DELITO QUE RESULTE CONSUMADO, Y NO DELITO AUTONOMO.".

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