Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro234423
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

Es inexacto que no pueda estructurarse la tentativa de todos aquellos ilícitos previstos por la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, toda vez que, si bien es cierto que las figuras delictivas establecidas en dicha ley se refieren a delitos consumados, no menos verdad es que tales ilícitos pueden quedar en grado de tentativa, estructurándose el correspondiente precepto a través del dispositivo amplificador contenido en el artículo 12 del Código Penal -al tenor del numeral 6o. de este ordenamiento punitivo-, y determinándose su punibilidad o sanción con el artículo 63 del cuerpo legal mencionado, siempre en vinculación con la figura delictiva que se amplifique.

Amparo directo 2222/82. M.B.R.. 14 de julio de 1982. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: F.P.V.. Secretario: T.H.F..


Nota: En el Informe de 1982, la tesis aparece bajo el rubro "DELITOS PREVISTOS POR LA LEY FEDERAL DE ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS, EN PRINCIPIO SI ADMITEN TENTATIVA LOS.".

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