Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro234320
EmisorPrimera Sala
MateriaPenal,Derecho Penal

La premeditación, según la doctrina ideológica, acogida por el artículo 121 del Código Penal vigente en el Estado de Veracruz, se da cuando el agente, en un intervalo de tiempo, persevera con más o menos continuidad en su determinación delictuosa, durante el cual espera la oportunidad de realizarla, lo que equivale a afirmar que entre la resolución de delinquir y la ejecución, existe reflexión constante sobre el hecho a cometer, que se traduce en la persistencia del propósito.

Amparo directo 5855/83. R.H.D.. 24 de noviembre de 1983. Cinco votos. Ponente: L.F.D.. Secretario: F.H.R..


Nota: Reitera tesis de jurisprudencia 235, Apéndice 1917-1975, Segunda Parte, Primera Sala, página 510.


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