Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro234271
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

El delito de allanamiento de morada no queda inmerso en el de violación si a través de aquél se pretende consumar o se consuma el segundo. No existe incompatibilidad de la norma que establece el delito primeramente enunciado, aun cuando se incurra en su comisión para lograr la consumación del de violación, en razón de que no se enfrentan disposiciones en las que una queda comprendida en la otra; ni se exige para la violación un proceder que, en forma autónoma, constituye allanamiento de morada. Estimar lo contrario obligaría a dejar impune cualquier comportamiento típico perpetrado por el agente y sólo sancionarlo por el originalmente propuesto.

Amparo directo 84/83. A.J.F.. 6 de febrero de 1984. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: R.C.M.. Secretario: M.O.R..


Séptima Epoca, Segunda Parte:


Volúmenes 157-162, página 105. Amparo directo 1490/81. J.L.L.S. o J.L.L.S.. 4 de junio de 1982. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: R.C.M..


Notas:


En el Informe de 1984, la tesis aparece bajo el rubro "VIOLACION. NO ABSORBE AL ALLANAMIENTO DE MORADA.".


En los Volúmenes 157-162, página 105, la tesis aparece bajo el rubro "RAPTO Y VIOLACION NO ABSORBEN AL ALLANAMIENTO DE MORADA.".

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